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¿Bajo qué condiciones funcionará el teletrabajo?

Este mecanismo no aplicará para practicantes y en modalidades formativas. Los empleadores tienen hasta finales de abril para adecuarse a la nueva Ley de teletrabajo.

Escrito por César Ventura Pizarro
Mar 8, 2023
en Economía
La ley del teletrabajo está vigente desde el pasado 27 de febrero, con la publicación de su reglamento.

La ley del teletrabajo está vigente desde el pasado 27 de febrero, con la publicación de su reglamento.

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César Ventura Pizarro

De acuerdo a la Ley de teletrabajo y su reglamento, los practicantes y pasantes estarán excluidos de esta nueva modalidad de empleo. “La norma está diseñada para trabajadores. Las personas que están en modalidades formativas no pueden ser teletrabajadores”, explicó a Encuentro, Mauricio Matos Zegarra, socio del área laboral de EY y profesor de la Universidad Católica San Pablo.

En efecto, con la reciente publicación del reglamento de la Ley de teletrabajo, se resolvieron muchas dudas sobre la aplicación de esta nueva modalidad de empleo. Este mecanismo reemplaza al trabajo remoto, creado en 2020 en el contexto de la pandemia del covid-19. A diferencia de esa norma, que tuvo carácter temporal, la nueva junto con su reglamento tienen carácter de largo plazo.

Practicantes

Como explicó Matos, el teletrabajo no aplica para modalidades formativas como prácticas preprofesionales y profesionales, capacitaciones laborales juveniles, pasantías en empresas, pasantías de docentes y catedráticos; así como actualizaciones para reinserción laboral.

La única manera de que las personas que se encuentren en uno de estos grupos puedan acceder al trabajo virtual, según explicó Matos, es que se modifique la ley de modalidades formativas. Esta norma, por ahora, no está en debate.

EL DATO

Un trabajador puede solicitar acogerse a esta modalidad y su empleador debe responder en un plazo máximo de 10 días. De no hacerlo, el pedido se considera aceptado.

Novedades

Esta nueva modalidad toma aportes de su predecesora, pero no termina siendo lo mismo. La diferencia más importante es que, el teletrabajo debe ser acordado entre el empleador y el empleado. Con el trabajo remoto esta decisión era potestad del empleador. Ahora el trabajador podrá solicitar al empleador acogerse a esta modalidad y este debe responder en un plazo de 10 días. Si no existe respuesta, se entiende que este pedido fue aceptado.

Además, a diferencia del trabajo remoto, el trabajador puede realizar sus funciones dentro o fuera del país. La moneda de pago será la que se acuerde entre las partes. Por otro lado, el teletrabajo puede ser total o parcial; y de naturaleza permanente o temporal.

Respecto a los costos de electricidad e Internet, estos pueden ser asumidos por el trabajador o la empresa contratante. “El teletrabajor puede acordar con el empleador e incluso, renunciar a la compensación por el uso de Internet y electricidad”, aclaró el especialista.

IMPORTANTE

El teletrabajador tendrá los mismos beneficios laborales que un trabajador bajo el régimen regular.

En adelante

Este tipo de trabajo se masificó desde el año 2020, como consecuencia de la pandemia. Ahora, superada la crisis sanitaria, en Arequipa muchos puestos laborales continúan bajo este sistema. Es más, de acuerdo con Mauricio Matos, existe una creciente implementación de esta forma de empleo. “Tener modalidades como la híbrida, es una tendencia creciente”, acotó.

Temores empresariales

Matos relató que las principales preocupaciones de los empleadores, que llegaron a la consultora de la cual es socio, eran de dos tipos. La primera vinculada a los costos de electricidad e Internet, cuyo asunto fue aclarado con la publicación del reglamento. La segunda, que aún sigue siendo una inquietud, son los mecanismos que las empresas deben implementar para ejercer un control similar al de la jornada presencial, sobre sus trabajadores.

¿Cuándo procede el teletrabajo?

Procede

No procede

Empleados regulares Modalidades formativas
Ambas partes estén de acuerdo Una de las partes en desacuerdo.
El empleador no responde a la solicitud del empleado El empleador niega formalmente la solicitud de su empleado
Existen condiciones de acceso a Internet y electricidad No existen condiciones de acceso a Internet y electricidad.
Tags relacionados: ArequipaEconomíaTeletrabajo

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