Rolando Vilca Begazo
La decisión de la Autoridad Autónoma de Majes (Autodema) de declarar la nulidad del usufructo de 12 207 hectáreas a favor de la Compañía Minera Zafranal, puso en riesgo una inversión de 1263 millones de dólares.
Zafranal tiene previsto explotar un yacimiento de cobre en la zona comprendida entre los distritos de Huancarqui y Lluta, en las provincias de Castilla y Caylloma de la región Arequipa; y su Estudio de Impacto Ambiental (EIA) estaría a punto de ser aprobado en el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace).
Las más de 12 mil hectáreas cedidas por Autodema a Zafranal, a través de un contrato de usufructo por 30 años, suscrito el 28 de octubre de 2022, forman parte de la zona de mina donde se producirá concentrado de cobre con bajo contenido de oro.
Autodema hizo pública esta determinación a través del comunicado n.° 010-2023-OII, emitido en su cuenta de Facebook el pasado martes.
En el referido documento se informa que se declaró la “nulidad de oficio” de la Resolución de Gerencia Ejecutiva n.° 349-2022- GRA/PEMS-GE que otorga el usufructo a la minera Zafranal, en atención a una serie de vicios advertidos por la Oficina de Control Institucional de la referida dependencia adscrita al Gobierno Regional de Arequipa.
Entre los temas observados destaca que Zafranal no cumplió con precisar la causal a la que se acogió, a fin de solicitar la constitución directa de derechos de usufructo y carece del informe de la autoridad sectorial competente que califique al proyecto de inversión como tal. También se menciona que la vida de la mina es de 19 años, por lo que no se justifica el plazo de 30 años de cesión.
Además, se habría omitido el depósito de la garantía de respaldo, y tampoco se consideró las instancias respectivas del Ministerio de Vivienda o a “una persona jurídica privada especializada y con experiencia en tasaciones comerciales” para fijar la tasa a pagar por el uso de los terrenos cedidos.
Autodema notifica y también cobra
Todas estas causales fueron remitidas a través de la Carta n.° 006-2023-GRA-PEMS-GE-OAJ a Zafranal, el pasado 3 de mayo para que responda, a más tardar en cinco días, a la declaratoria de “nulidad de oficio” adoptada por Autodema. Este plazo venció ayer (miércoles).
Lo que llama la atención en esta controversia por la entrega de tierras a Zafranal, originada ya en diciembre pasado cuando se hizo público el acuerdo con Autodema, es que esta institución notificó y cobró la tasa correspondiente a este año por el uso de las 12 mil hectáreas.
Zafranal responde
Al cierre de la presente nota, se conoció que la minera Zafranal presentó los descargos que, desde su perspectiva, “sustentarían la inexistencia de causales de nulidad” contra la resolución de Gerencia Ejecutiva que aprobó el otorgamiento del derecho de usufructo.
De igual forma, informó que cumplieron con todos los requisitos exigidos —de acuerdo a ley— para la suscripción del contrato de usufructo, realizado en octubre del año pasado.
Cámara de Comercio intercede
En medio de esta controversia, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa (CCIA), expresó su preocupación por “la pretensión de declarar la nulidad del contrato de usufructo del proyecto minero Zafranal”, porque generaría un perjuicio al desarrollo local, al fomento empresarial y al impulso económico.
“Particularmente por la afectación a los puestos de trabajo que se perderían al no cristalizar el proyecto que demanda una inversión de 1263 millones de dólares; sobre todo, en tiempos en los que requerimos robustecer las inversiones y el desarrollo de la región Arequipa y el país”, señala el comunicado emitido.
Ante este escenario, la CCIA convocó al Gobierno Regional de Arequipa y a los representantes de la Compañía Minera Zafranal, a resolver este desencuentro y buscar una solución que permita viabilizar el proyecto de inversión.
¿Arbitraje?
Otro aspecto que se debe tomar en cuenta, tal como lo reconoce Autodema en su comunicado, es que el procedimiento de nulidad iniciado corresponde al ámbito administrativo; en tanto que el contrato celebrado con Zafranal, al ser un acto jurídico, no se podrá “invalidar” por esta vía.
Por lo tanto, “corresponde verificar y determinar la validez en vía judicial o arbitral” de acuerdo a las cláusulas del mismo contrato. Y es este el camino al que recurriría Zafranal, en caso extremo, para cautelar el beneficio adquirido para la explotación de las 12 mil hectáreas cedidas por Autodema.
EL DATO
El proyecto Zafranal será operado por la Compañía Minera Zafranal y tiene como accionistas a la empresa canadiense Teck Resources Limited (80 %) y a la japonesa Mitsubishi Materials Corporation (20 %).
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