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Proponen nueva ley de empleo juvenil y seguro de desempleo para el 2021

En el país no se legisla sobre el trabajo de los jóvenes desde la derogación de la denominada “ley pulpín”

Escrito por César Ventura Pizarro
Dic 22, 2020
en Economía
En el Perú por cada tres trabajadores formales, existen siete informales.

En el Perú por cada tres trabajadores formales, existen siete informales.

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César Ventura Pizarro

Si bien el año 2021 se proyecta como un año de recuperación económica y con efectos positivos en el empleo, en opinión de Mauricio Matos Zegarra, gerente senior del Área Laboral de EY, al país no le vendría mal legislar sobre el trabajo juvenil y un seguro de desempleo.

Y es que, este año en plena pandemia, el empleo formal en el país cayó hasta 21.4%. Además en Arequipa, el número jóvenes con trabajo formal se redujo de 47 293 a 32 570 en mayo, el mes más crítico.

Aunque ambos temas no se encuentran como prioridad legislativa, para Matos podrían ser oportunos. “Eventualmente una ley que regule la promoción del empleo joven, una norma que regule la implementación de un seguro de desempleo, que ayude a las personas que han perdido su empleo a reinsertarse al mercado laboral y tener un subsidio de respaldo, también ayuda”, indicó.

No obstante, el principal motor para el incremento del empleo formal en el país depende más de la inversión pública y privada. 

“En general, el problema no está en la misma norma. Yo creo que está básicamente en la generación de empleo a partir de las condiciones económicas y jurídicas que brinda el Estado para la inversión”, agregó.

Ley juvenil

En el país no se norma sobre el trabajo juvenil desde la caída de la “ley pulpín” en 2014. Bajo ese precedente es riesgoso diseñar una ley que reduzca beneficios laborales.

“Esto debe venir con una promoción hacia las empresas para mayor deducibilidad del impuesto a la renta. Si le das más beneficios tributarios al empleador a cambio de promocionar el trabajo joven, tienes por un lado la posibilidad de generar empleo para estas personas y al mismo tiempo, no sacrificas sus beneficios laborales”, propone Matos. Es decir, compensar costos laborales de las empresas con menores impuestos.

Seguro de desempleo

Hoy los trabajadores formales que pierden sus empleos cuentan con la compensación por tiempo de servicios (CTS), un fondo cuyo crecimiento depende de los años que un trabajador acumula en una empresa. Esto es lo más cercano a un seguro de desempleo en el Perú.

No obstante, la propuesta de Matos ayudaría a complementar este beneficio. “Tendría que ser un tema distinto a la CTS, porque la Organización Internacional del Trabajo (OIT) observa hace muchos años, que el Perú no implementa un seguro de desempleo”, detalló.

Además, la naturaleza de este fondo es distinta a la de un seguro de desempleo. “El seguro de desempleo, a diferencia de la CTS, solo se activa cuando la persona pierde de manera involuntaria su trabajo y en segundo lugar, es un seguro que funciona como un subsidio, siempre y cuando te encuentres inmerso en un programa de búsqueda de empleo”, explicó Matos.

En ese sentido el costo de este seguro puede ser asumido tanto por el empleador como por el propio trabajador. En el caso de la CTS solo es asumida por las empresas. Sin embargo, no sería conveniente reemplazar un beneficio por otro, sino sumar ambos.

“Ningún cambio laboral debe venir acompañado de una reducción de beneficios. Lo que existe en este momento [CTS] debe mantenerse y lo que viene [seguro de desempleo] puede complementar de manera positiva”, finalizó.

EL DATO

En las últimas semanas hubo dos cambios en las reglas laborales en el país: La derogación del régimen CAS en el sector público y de la ley agraria, en el sector privado.

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