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Cobro de serenazgo en los recibos de luz sería inaplicable

Escrito por Encuentro
Dic 16, 2016
en Destacado, Reportaje
La propuesta del Gobierno central para conseguir más recursos destinados a la seguridad 
ciudadana no tendría los resultados esperados.

La propuesta del Gobierno central para conseguir más recursos destinados a la seguridad ciudadana no tendría los resultados esperados.

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Rolando Vilca Begazo

La intención del gobierno de Pedro Pablo Kuczynski de mejorar la inversión en seguridad ciudadana a nivel nacional, a través del Decreto Legislativo n.° 1253 —que permite a los municipios urbanos cobrar el servicio de serenazgo en los recibos de luz—, caería en saco roto debido a los problemas que ocasionaría la aplicación de esta ley.

En opinión del especialista en Derecho Municipal Jorge Sumari Buendía, esta norma además “sería inaplicable desde cualquier punto de vista”. Esto, primero, porque no es de cumplimiento obligatorio, ya que faculta a cada municipio a acogerse o no a esta medida.

Segundo, sería ilegal debido a que vulnera la Ley Orgánica de Municipalidades, la cual establece en su artículo 70° que los gobiernos locales solo pueden suscribir convenios con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) para mejorar la fiscalización o recaudo de tributos, tasas o arbitrios municipales.

Recordemos que para el cobro de las tasas por serenazgo o seguridad ciudadana, según el Decreto Legislativo n.° 1253, cada municipio deberá firmar un convenio interinstitucional con las empresas de distribución eléctrica que operen en sus jurisdicciones; y esta situación no está contemplada en la ley marco que regula el funcionamiento de los gobiernos locales.

Además, de acuerdo a Jorge Sumari, “el Gobierno no puede establecer costos mínimos y máximos para el cobro de este tributo porque ello iría en contra de los costos reales que se manejan de manera diferenciada en cada municipio del país”.

Por todo ello, consideró que en la práctica esta ley sería “un saludo a la bandera” y reflejaría una improvisación y falta de conocimiento de parte del ministro del Interior, Carlos Basombrío, quien fue el promotor de esta ley bajo el argumento de proveer de más recursos a los municipios a fin de contribuir con las labores de seguridad ciudadana.

Más problemas

Si bien esta medida busca mejorar la recaudación en los arbitrios por concepto del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana —y que en algunos distritos como Cerro Colorado supera el 90 % de morosidad—, esto no implica un pago obligatorio de parte de los contribuyentes, ya que no establece tal exigencia ni se impone alguna sanción al deudor.

Por lo tanto, el usuario del servicio eléctrico podría optar por no pagar esta nueva tasa que se incluirá en su recibo de luz y no sufriría ninguna penalidad por ello. El mismo gerente de la Sociedad Eléctrica de Arequipa (SEAL), Leonidas Zavala, días atrás, a través de medios escritos, aclaró que no podrán cortar el servicio de energía eléctrica a las personas que decidan no pagar la tasa por serenazgo.

Otro problema que se ocasionaría es por la tasa que se cobraría en los recibos de luz. La norma fija un pago mínimo de 1 sol y un máximo de 3.5 soles, pero en muchos municipios el costo real del servicio de serenazgo supera estos montos por cada contribuyente residencial, por lo que se tendría que establecer un doble sistema de cobro —a través de SEAL y otro de manera directa por el municipio—, lo que generaría una molestia en la población.

Un tercer impedimento es el costo de la gestión que asumiría la empresa de distribución eléctrica —SEAL en el caso de Arequipa— por incluir la tasa de serenazgo en los recibos de luz, cobrar el monto respectivo y transferir este dinero a las cuentas del municipio correspondiente.

Y si a eso le añadimos una eventual alta tasa de morosidad de los contribuyentes, entonces esta medida resultaría perjudicial para algunos municipios, como lo adelantó el gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Arequipa, Roberto Rodríguez Paz.

Base de datos

A nivel de la comuna provincial, la principal preocupación para la aplicación del Decreto Legislativo n.° 1253 es el cruce de información de la base de datos de contribuyentes del cercado de la ciudad con el padrón de usuarios registrados en SEAL.

“En ningún municipio el número de contribuyentes que tienen es el mismo que figura en la base de usuarios por medidores de luz que tiene SEAL. Esto se tiene que actualizar o compatibilizar de tal forma que no se origine un posterior reclamo por un doble pago o se cobre a personas que no les corresponde”, precisó.

Es por eso que según el gerente de Administración Tributaria, Roberto Rodríguez, la comuna provincial se tomará dos meses para elaborar un informe sobre la conveniencia y pertinencia de firmar un convenio con SEAL a fin de acogerse a esta norma.

Esta institución cuenta con 32 000 contribuyentes registrados. El nivel de morosidad en el pago por serenazgo llega a 38 %. La tasa que se cobra a las unidades residenciales es de S/ 3.60 al mes y en el caso de los locales comerciales fluctúa entre 40 y 160 soles.

El costo del servicio de serenazgo en la comuna provincial asciende a S/ 5 millones al año y solo se recauda 2.2 millones. Para Roberto Rodríguez “técnicamente sí es conveniente acogerse a esta norma porque brinda una opción más para mejorar la recaudación por arbitrios”. Sin embargo se tiene que analizar bien los beneficios y problemas que podrían presentarse en el camino.

Reclamo social

En el caso del Municipio Distrital de Paucarpata la aplicación del Decreto Legislativo n.° 1253 ocasionaría un problema social, debido a que nunca se cobró por serenazgo y esto pese a la falta de recursos que tiene para financiar los 100 000 soles al mes que necesita para ello.

El gerente municipal, Miguel Vilca, explicó a Encuentro que el cobro del impuesto predial y de los arbitrios en Paucarpata es “un tema muy complejo y que obedece a un manejo político”.

Los ciudadanos de este distrito, lamentablemente, están acostumbrados a no pagar sus obligaciones tributarias y lo peor es que siempre cuestionan el déficit de los servicios de limpieza pública, cuidado de parques y jardines, y seguridad ciudadana. Mientras tanto, se incrementa la delincuencia y el municipio afronta una grave crisis económica.

La morosidad en el pago de arbitrios en Paucarpata supera el 70 % de los 32 000 contribuyentes que tienen registrados; pero esta cifra en realidad llegaría a las 45 000 viviendas familiares si se elabora un nuevo estudio catastral.

Consulta pública

Cerro Colorado destaca no solo por ser el distrito más poblado de Arequipa con 149 000 habitantes, sino por contar con uno de los índices más altos de morosidad en el pago de arbitrios municipales: 91.5 %.

Esto ocasiona que de los 3 millones de soles al año que se requiere para solventar los gastos por serenazgo, solo se recaude 310 000. El resto es subsidiado por la comuna del lugar con transferencias del Fondo de Compensación Municipal (Foncomún).

Aquí lo más sensato sería acogerse al Decreto Legislativo n.° 1253 una vez que se compatibilice el registro de contribuyentes con la base de datos de SEAL. No obstante, el alcalde distrital, Manuel Vera Paredes, anunció una consulta popular para conocer la opinión de la población.

Aunque se podría anticipar el rechazo a esta medida debido a la omisión del pago por parte de los contribuyentes, el gerente municipal, Oscar Cáceres, estimó que sería una buena alternativa para mejorar la recaudación en esta jurisdicción. Sin embargo tendrían que afrontar un problema de doble sistema de cobranza.

La tasa anual por serenazgo oscila entre 60 a 80 soles al año, es decir de 5 a 6.6 soles por mes; por lo que la tasa máxima para cobrar en los recibos de luz, de 3.5 soles, sería insuficiente. Por lo tanto, el municipio debería de implementar otro sistema de recaudo para cobrar la diferencia.

Menores tasas

Yanahuara, el distrito menos pobre de Arequipa, tiene como principal problema para acogerse al Decreto Legislativo n.° 1253 la tasa máxima que se dispuso para incluir en los recibos de luz. Aquí el pago por serenazgo es de 6 soles al mes por contribuyente residencial y de 25 a 30 soles por los locales comerciales.

Es por ello que el alcalde de esta jurisdicción, Elvis Delgado, cuestionó la decisión del Gobierno de “fijar montos mínimos y máximos para cobrar por serenazgo, sin elaborar una valorización del costo real de este servicio a nivel nacional”.

“En nuestro caso tendríamos que establecer montos inferiores a los que actualmente se cobran y además habría que pagar a SEAL por la gestión que realice”, apuntó. El nivel de morosidad en Yanahuara por concepto de serenazgo llega al 82 %. Esto se traduce en que no se recaude ni 200 000 soles del 1.2 millones de soles que se necesita para solventar los gastos de personal y operatividad de las unidades móviles de seguridad ciudadana.

Tags relacionados: ley Orgánica de MunicipalidadesSerenazgo

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