Trabajadores del sector público podrán trabajar desde casa hasta fin de año

Gobierno emitió norma para implementar medidas laborales por el COVID-19

El trabajo remoto se mantendrá como alternativa para evitar el contagio de coronavirus.

Rolando Vilca Begazo

Los servidores del sector público podrán realizar trabajo remoto (en casa) hasta el 31 de diciembre del 2020, de acuerdo a las recientes disposiciones emitidas por el Gobierno, para hacer frente a la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19.

De acuerdo al Decreto Legislativo n° 1505, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, establece un marco normativo que permite a las entidades públicas disponer “las medidas temporales excepcionales que sean necesarias para asegurar el retorno gradual de los servidores públicos, garantizando su derecho a la salud y el respeto a los derechos laborales”.

La referida norma, además de permitir el trabajo desde casa, “en los casos que fuera posible”, dicta otras medidas a tomar en cuenta de manera inmediata, como establecer “modalidades mixtas de prestación laboral”, alternando días de trabajo presenciales con otros de labor a distancia.

También considera proporcionar a los trabajadores “equipos informáticos” en calidad de préstamo para la realización del trabajo remoto. De igual forma, se faculta la reducción de la jornada laboral, la modificación del horario de trabajo, así como establecer turnos de asistencia al centro de labores en combinación con el trabajo remoto.

En cuanto a los medios de traslado, la referida norma señala que las dependencias públicas deben proporcionar medios de transporte para que los trabajadores acudan al centro de labores y retornen a un punto cercano a sus domicilios.

Por último, se indica que las instituciones públicas tendrán que proporcionar equipos de protección personal a sus servidores, de acuerdo a la normativa del Ministerio de Salud, así como vigilar la salud de ellos, según los protocolos establecidos.

Más cuidados

En el caso del trabajo presencial, las entidades públicas deben garantizar que las áreas de labores cuenten con las condiciones ambientales suficientes para mitigar la propagación del COVID-19.

El D.L. 1505, autoriza además, la adquisición de bienes y servicios para la implementación de las diferentes opciones laborales, que se mantendrán hasta fin de año.

Compensación

En relación a aquellos trabajadores que hayan recibido licencia con goce de remuneraciones en el contexto de la pandemia del coronavirus, una vez que se reincorporen al trabajo presencial “deberán proceder a la recuperación de las horas no laboradas, incluso durante el 2021”.

Para ello, se establecerán mecanismos que ayuden a reducir el tiempo de compensación correspondiente.

IMPORTANTE 

Según el D.L. n° 1505, de manera excepcional y hasta el 31 de diciembre del 2020, las entidades públicas podrán asignar nuevas funciones o variar las responsabilidades asignadas a sus servidores, de acuerdo a la necesidad del servicio y tomando en cuenta su perfil profesional y experiencia laboral.

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