Germán Chávez Contreras
Economista y profesor principal de la Universidad Católica San Pablo
La presión tributaria, entendida como el total de la recaudación de los diferentes impuestos, expresada como porcentaje del producto bruto interno (PBI), es fundamental para conocer cómo va la salud fiscal de un país. En 2024, la presión tributaria en el Perú cerró en 15 % del PBI, muy por debajo del promedio de los países de la región, que supera el 20 %.
Las principales fuentes de ingresos que tiene el gobierno son el impuesto a la renta (IR), el impuesto general a las ventas (IGV), el impuesto selectivo al consumo (ISC), los aranceles, entre otros. El IGV representa el 57 % de la recaudación, seguido del IR que aporta otro 39 %; ambos conforman el 96 % de la recaudación total anual del Gobierno nacional. De allí la importancia del IGV y del cuidado que se debe tener para efectuar variaciones en su tasa impositiva o en las políticas relacionadas a su aplicación.
Ocurre que el pleno del Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio de la ley que promueve la descentralización fiscal, con el ánimo de incentivar el desarrollo de los gobiernos locales, especialmente de los más alejados de la capital. Para conseguirlo, no encontró mejor camino que incrementar el impuesto de promoción municipal (IPM), que aporta al Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) para –supuestamente– fortalecer el funcionamiento de las municipalidades del país.
En realidad, no se trata de la creación de un nuevo impuesto, sino de la reestructuración del 18 % del IGV que se cobra por la adquisición de todo bien o servicio. De este tributo, el 16 % correspondía al Gobierno nacional y el 2 % a los gobiernos locales a través del IPM. La nueva estructura que se aplicará progresivamente desde el año 2026, será de 14 % para el Gobierno nacional y 4 % para los gobiernos locales. Con ello, se incrementa el fondo municipal destinado a la ejecución de inversiones que promuevan y fortalezcan el desarrollo de los más de 1800 distritos a nivel nacional.
La interrogante es si los municipios están en la capacidad de ejecutar con oportunidad y eficiencia sus presupuestos de inversión. De acuerdo al Índice de Competitividad Regional (Incore) de 2024, el promedio nacional de la ejecución de inversión pública fue de 75.4 % (Arequipa ocupó el 17.° lugar con 73.3 % de ejecución y Lima se ubicó en el segundo lugar con 83.4 % ). Si hacemos una comparación por niveles de gobierno, mientras el Gobierno nacional logró ejecutar el 96 % de su presupuesto de inversión, los gobiernos locales solo alcanzaron una ejecución del 68 %.
Así, una breve reflexión macroeconómica sobre la utilidad de la propuesta del Congreso nos revela que no sería la mejor medida, debido a que los municipios no están en la capacidad de ejecutar el total de su presupuesto actual. Además, la inversión pública desde el Gobierno nacional se verá desmejorada, pues dejará de contar con unos 10 mil millones de soles anuales, lo que afectará negativamente el déficit fiscal que, por tercer año consecutivo, no cumplirá la meta de mediano plazo, igual al 1 % del PBI. De esta forma, nada garantiza que esta reestructuración del IGV e IPM, tenga efectos favorables en el crecimiento económico del país; por el contrario, creará una innecesaria presión fiscal en el Gobierno central.
Antes de tomar una decisión de este calibre, se debió contar con un informe de requerimientos de inversión pública a nivel provincial y distrital, a fin de permitir su atención a través de una distribución más equitativa y de acuerdo a las necesidades reales de cada municipio. También era indispensable fomentar una capacitación previa de los funcionarios a cargo de la administración de los recursos municipales, para que estén en la posibilidad de ejecutar, adecuadamente, los presupuestos de inversión que se verán incrementados con el nuevo dispositivo legal.
A esta disposición que afecta al IGV e IPM, se suma la relajación de la meta fiscal en el país. De un 2.2 % del PBI, propuesto inicialmente por el actual gobierno para este año, ahora se pasó a un 2.5 % de déficit fiscal, cuando por norma no debería superar el 1 % del PBI. Tampoco debemos olvidar que el déficit fiscal incrementa la deuda pública, que también está por encima de la meta establecida en el Marco Macroeconómico Multianual 2025-2028 (30 % del PBI). Es más, expertos del Instituto Peruano de Economía (IPE) estiman que la aplicación de esta “relajación fiscal” llevará la deuda pública a un 34 %, mayor en 4 % a la norma fiscal.
Por último, debemos aclarar que la norma aprobada en el Parlamento y promulgada sin mayor reflexión por el Ejecutivo de Dina Boluarte, afecta de forma negativa la capacidad de gasto del Gobierno nacional e incrementa los recursos disponibles de los gobiernos locales, hecho que contradice las funciones del Congreso, ya que, según el art. 79 de la Constitución, “no tiene iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos”.
Discusión sobre el post