¿Qué banco paga más por la CTS?

Según la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), el sistema bancario ofrece un interés promedio de 1.16 % anual por la CTS.

Cesar Ventura Pizarro

Si no ha ocurrido nada extraño, a estas alturas todos los trabajadores formales que tienen derecho al pago de la compensación por tiempo de servicio (CTS) deberían tener ese dinero depositado en sus cuentas. El plazo venció el pasado 15 de mayo.

Una vez constatado el depósito, conviene preguntarse ¿dónde puede tener un mejor rendimiento ese dinero? Si busca en el mercado financiero, notará que bancos, cajas y demás entidades, ofrecen distintas tasas de interés por administrar este monto; y como el trabajador puede decidir dónde quiere que su empleador deposite este beneficio, vale la pena revisar alternativas.

Seguridad

Lo primero que debe tomar en cuenta el trabajador es que bancos, financieras, cooperativas, cajas rurales, de crédito y municipales son los que pueden gestionar este monto. Lo importante es que la entidad en la que quiera depositar su CTS esté auditada y supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). En Arequipa, hay 28 empresas financieras autorizadas para recibir estos depósitos.

Intereses

Hoy, la que más interés anual paga por tener su CTS es la Financiera Proempresa (7.9 %), le siguen las cajas municipales de Piura e Ica y la Financiera TFC (7.5 %). Por el contrario, los bancos Interbank, Citibank y de Crédito son los que menos pagan por este beneficio social. En todos ellos el interés es de 1 % anual. Muy cerca están el BBVA Continental (1.5 %) y el Scotiabank (2.1 %). Descartando Citibank, estas cuatro entidades representan el 83 % del mercado crediticio bancario del país. Es decir, los cuatro bancos más grandes del Perú son los que menos hacen rendir su CTS.

¿Cómo cambiar?

Por lo general, la CTS es depositada en la misma entidad financiera donde el trabajador percibe su remuneración. Si es que su empleador deposita su sueldo en un banco, su compensación está rindiendo en promedio 1.16 % al año.

La SBS confirma que cualquier empleado del sector privado puede “disponer libremente y en cualquier momento el traslado del monto acumulado de su CTS y el interés de uno a otro depositario”. El primer paso es notificar esta decisión a su empleador, mediante una carta o solicitud. Tendrá que pasar un máximo de ocho días hábiles para que la empresa donde labora comunique esta decisión a la actual entidad que administra este fondo. Una vez notificada, esta última tiene un plazo de 15 días hábiles para trasladar el dinero acumulado.

Naturaleza

El monto de la CTS es depositado dos veces al año por el empleador (mayo y noviembre). Cada depósito comprende la suma de un sueldo mensual y 1/6 de sus gratificaciones, este total es dividido entre dos.

Este beneficio tiene como finalidad cubrir los gastos que tiene una persona al desvincularse de una organización y hallarse en situación de desempleo. Sin embargo, la legislación peruana es flexible en cuanto a su retiro.

La ley restringe el uso de cuatro entregas. A partir del quinto depósito, el trabajador puede retirar el fondo, pero sin disponer de los anteriores. Se entiende que el empleado debe haber laborado alrededor de dos años para retirar este dinero.

Una vez cumplido este requisito es decisión individual si mantiene el fondo en la entidad financiera que dispuso o si lo retira. De elegir la segunda opción, el trámite es similar al de transferencia. El empleado debe solicitar a su empleador remitir una carta a la entidad financiera depositaria de este monto, que certifique que ya se puede disponer de ese dinero. Concluido este trámite, el trabajador, que así lo decida, podrá retirar este excedente.


El dato

La Caja Arequipa, que ofrecía hasta el 2014 una tasa de interés de 7 %, hoy ofrece 4.25 %, situándose entre las ocho entidades financieras que menos pagan por estos depósitos.

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