Aquellos que ganen hasta S/ 3950 no pagarían impuesto a la renta

Los trabajadores de quinta categoría ven mermados sus ingresos debido al impuesto a la renta, que también pagan en otros gastos.

César Ventura Pizarro

En la actualidad aquellos empleados con ingresos menores a S/ 1975 —y que completen retribuciones de hasta siete UIT al año—, están exonerados de pagar el impuesto a la renta (IR). Esto, sin embargo, podría cambiar desde el 2017.

El Ejecutivo planteó al Congreso de la República elevar a 14 UIT el monto mínimo anual para acceder a la exoneración. De esta manera, quienes ganen mensualmente el equivalente a S/ 3950 mensuales podrían liberarse de este ‘doloroso’ descuento tributario, pero solo si sustentan ante la Sunat gastos en salud y vivienda equivalentes al monto de impuesto a la renta que deberían pagar.

Esta medida tributaria, que modifica la determinación del IR de los trabajadores dependientes, se encuentra en el marco de las facultades legislativas solicitadas por Pedro Pablo Kuczynski al Poder Legislativo.

¿Por qué la exoneración?

Para efectos de establecer el IR que debe pagar un trabajador, el Estado asume que, arriba de la media de ingreso mensual establecida, la persona está en condiciones de generar gastos anuales hasta por siete UIT.

Para el abogado laboralista Mauricio Mattos, esta forma de proceder “no permite que el trabajador dependiente deduzca lo que realmente está gastando”. Así también, señaló que “lo que ha hecho la administración tributaria, desde hace varios años, es simplemente determinar que un trabajador puede deducir siete UIT”.

La nueva propuesta, además de incrementar esta presunción de gastos, buscaría, según Mattos, “premiar a aquellos trabajadores que sí están generando un gasto real en salud y vivienda”. Sin embargo, para el abogado, estos gastos no son suficientes, y sostiene que a los ya citados en la propuesta “se les debería sumar el de educación, ya que la gran mayoría de trabajadores tiene gastos en este sector a través de sus hijos o de ellos mismos”. También afirmó que “todos los gastos primarios deberían estar comprendidos en esta medida”.

El DNI

¿Cómo sustentar gastos para acceder al descuento de IR? La propuesta señala que esto deberá ser de forma documentada. En el Perú, la única manera de hacerlo sería por medio de facturas. Para pedir este documento es necesario contar con un RUC pero la gran mayoría de empleados no cuentan con uno. La propuesta del Ejecutivo considera lo ya adelantado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski: “El DNI se utilizaría como RUC”.

Mattos añadió que “en la medida que pueda ser operativo el funcionamiento del DNI y que este pueda utilizarse como un elemento válido para cruzar la información que declaran terceros, sí va a ser posible aplicar este paquete de deducibilidad en el corto plazo. De no aprobarse que el documento de identidad ingrese al juego; la propuesta debería incluir algún mecanismo de sustentación de gastos por medio de boletas de venta, en vez de obligar a la persona a tramitar un registro”.

Sunat

La tarea más difícil sería de la Sunat, puesto que la institución sería la encargada de cruzar información de ingresos y gastos de las personas, con el fin de evitar que los trabajadores acudan a sus instalaciones a sustentar los gastos.

“Ellos tendrían que recibir la información que le declare un tercero y cruzarla para poder hacer la deducción. Por ejemplo: si tengo un préstamo en el banco, Sunat va a poder determinar cuál es la entidad que hizo el préstamo y cuánto se paga anualmente”, explicó Mattos.

En cuanto a la recaudación que dejaría de percibir el ente recaudador, la cifra, según el laboralista, no tendría mayor impacto “puesto que habría más dinero en los bolsillos de las personas, lo que reactivaría el consumo interno y por ende generaría más impuesto a la venta (IGV). Habría una compensación”.

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