“No confundir la normativa deportiva con la jurídica”

La defensa de Paolo pretende presentar una medida cautelar ante el Tribunal Federal Suizo, lo que no garantiza su presencia en el Mundial.

Milagros Tairó Medina

“El laudo o fallo del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS, por sus siglas en inglés) es inapelable, en materia de derecho deportivo ya no hay más instancias. En el caso del fallo contra Paolo Guerrero, no se puede acudir al ámbito jurídico para apelar esta sentencia; y, aún si se hiciera, no tendría valor pues no sería reconocida por la FIFA”, indicó el magíster Armando Aucapoma Chávez, especialista en derecho deportivo.

El docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica San Pablo explicó que el TAS es un tribunal internacional que se pronuncia sobre todos los deportes federados, con excepción del básquet y el béisbol, que no son deportes federados. Todos los demás deportes, ya sean individuales o colectivos, deben ser observados por este organismo, una vez que se hayan hecho los trámites correspondientes ante sus respectivas federaciones nacionales e internacionales.

Apelación

En el caso de Guerrero, sostuvo que todo el procedimiento legal está en orden pues se han respetado las instancias y a las partes. La sanción de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA, por sus siglas en inglés) fue apelada ante la FIFA y, finalmente, se recurrió al TAS.

“No se puede decir que hubiese sido mejor que no apele, eso es incierto, ya que se tienen que conocer los detalles para emitir una opinión. La verdad solo la saben el mismo Paolo Guerrero y sus abogados, que analizaron los hechos y tomaron la decisión de apelar”, refirió.

Aucapoma aclaró que los procesos de sanción son contra los jugadores y no contra las federaciones. Por ende, en el ámbito estrictamente legal la Federación Peruana de Fútbol no está obligada a involucrarse en el hecho en ninguna de las instancias.

La norma de la FIFA para estos casos establece un rango de sanción de uno a dos años. Cabe señalar que la WADA pidió una sanción de 22 meses de suspensión para el seleccionado peruano, ya que dicha entidad también apeló la decisión de la FIFA, que redujo la pena de Guerrero de un año a seis meses de suspensión —que terminaron este 3 de mayo—.


Perú y el Derecho Deportivo

Esta especialidad en nuestro país está poco desarrollada. El deporte con mayor regulación legal es el fútbol. Existe la Ley 26566, dada en la segunda mitad de la década de los 90, que reglamenta el trabajo de los futbolistas profesionales. En el 2010, la Asociación de Futbolistas de Perú estableció su estatuto, y otra normatividad son los fallos de la Cámara de Resolución de Disputas de la Federación Peruana de Fútbol.

“Los otros deportes están regulados en función de las normas del derecho laboral, el civil y el tributario. En Perú no se está teniendo en cuenta que el deporte es una actividad profesional más que lúdica, por lo que precisa de una regulación especializada y consistente. Una competencia deportiva implica, hoy por hoy, un gran movimiento económico, de publicidad, de derechos de transmisión, entre otros”, finalizó el docente de la UCSP.


Importante 

Para el TAS, Guerrero fue negligente y por ello amplió la sanción de 6 a 14 meses. La norma de la FIFA para estos casos establece un rango de sanción de uno a dos años. La WADA pidió una sanción de 22 meses contra el seleccionado peruano.

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