Cambistas deberán exigir DNI para vender más de 200 dólares

A partir de marzo del próximo año aquellas personas que realicen operaciones de compra y venta de moneda extranjera en casas de cambio deberán presenta DNI para operaciones que superen los US$ 200. Esto como parte de una nueva norma de la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS) que busca prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en el país.

La normativa obliga a las casas de cambio reportar cualquier operación sospechosa a la SBS. Para la institución reguladora, las operaciones que superen los US$ 200 dólares serán consideradas sospechosas. Para lo cual será necesaria la presentación del documento de identidad. Además, aquellas transacciones mayores a US$ 5 mil dólares serán consideradas como muy sospechosas. Éstas tendrán que ser acompañadas con un formulario que debe ser llenado por la casa de cambio y el cliente, ya sea persona natural o jurídica. Posteriormente, este documento será presentado a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SBS.

Para el control de esta nueva regulación la entidad supervisora cuenta desde el 2012 con un registro de todas las personas naturales o jurídicas dedicadas a la compra y venta de divisas o monedas extranjeras, empresas de créditos, préstamos y empeños en el país. Aquellos negocios que no figuren en este registro corren el riesgo de ser clausurados.

Sigue en alzaEntre tanto, las proyecciones que afirmaban que el precio del dólar cerraría para diciembre en S/.3.30 cada vez se hacen más válidas. En la primera semana de noviembre, la moneda norteamericana alcanzó por segunda vez, después de agosto último, su mayor cotización en lo que va del año, llegando a S/.3.298; y para evitar que la cifra sea mayor el Banco Central de Reserva tuvo que vender US$ 12 millones.

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