Un Estado de derecho para la Tía María y sus sobrinos

Juan Fernando Mendoza
Abogado. Docente UCSP

¿Se debe anular o cancelar licencia de construcción del proyecto Tía María? ¿Es una cuestión de imposición de las mayorías o de respeto al Estado de derecho?

Pero bueno, son varios aspectos los que llaman la atención sobre este tema. Entre ellos, que las autoridades hablen y afirmen cosas sin sentido o por simple conveniencia, pues da la impresión que ignoran la materia o que conociéndola no la exponen y prefieren hablar de otra cosa.

El segundo aspecto me parece grave, pues pareciera que se miente a la población para provecho personal; y si fuera el primer caso, tendríamos la justificación perfecta para preguntar: ¿qué hace allí como autoridad?

Es así de simple: imaginemos que usted ha realizado el trámite para construir su casa, ha cumplido con todos los requisitos que la autoridad le exige, entonces, ¿cuál debe ser la consecuencia? Pues que usted tenga su licencia de construcción y construya su casa. Pero resulta que algunos vecinos suyos se oponen a su derecho a construir y le piden a la autoridad que anule su licencia, la razón es que no les han preguntado si están de acuerdo que usted construya su casa.

Es probable que usted, amigo lector, diga que este ejemplo no es apropiado, pues la minería es una actividad contaminante, y sí que lo es; pero ¿qué actividad humana no tiene impacto negativo sobre la naturaleza?

El punto es el siguiente: respetar el Estado de derecho. ¿En un Estado de Derecho se puede cancelar o anular una licencia ya otorgada? La respuesta es sí, pero para eso hay vías y procedimientos.

En primer lugar, la cancelación corresponde a una revocación de la licencia, que ocurriría siempre que la empresa incumpla con las condiciones impuestas para la propia construcción, pero como aún esta no se ha iniciado este es un camino imposible.

Respecto a la nulidad de la licencia, la autoridad nacional podría anularla siempre que haya ocurrido alguna de las siguientes situaciones: si por responsabilidad de la empresa la licencia se otorgó indebidamente (ya sea por la presentación de documentos o declaraciones falsas, o por haber incurrido en actos de corrupción); o que la autoridad nacional haya incurrido en algún error en el procedimiento. Como se puede observar en ambos casos, se trata de hechos anteriores a la entrega de la licencia de construcción.

Ahora bien, en la primera situación no habría responsabilidad para la autoridad pues la empresa habría actuado mal. Pero si fuera la segunda situación, el Estado, es decir todos nosotros, tendríamos que indemnizar a la empresa por los daños y perjuicios ocasionados; pero como fue un error de la autoridad el Estado tendrá que cobrarle todo lo que pago a la empresa a los funcionarios que otorgaron la licencia.

Y claro, todo esto no se puede hacer en setenta y dos horas, pues las leyes exigen que a la empresa afectada se le otorgue por lo menos cincos días para que se defienda, y luego recién la autoridad podría resolver. Esto es un Estado de derecho.

Entonces, sea el caso de una empresa minera o de usted, corresponde a las autoridades (presidente de la república, congresistas, gobernadores regionales y alcaldes) respetar y hacer respetar el Estado de derecho; pues quizás mañana cualquier persona o grupo de personas podrían pedir sin más a la autoridad que se anule algún derecho que usted ha obtenido. ¿A este extremo y donde no hay Estado de derecho queremos llegar?

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